¡¡¡ATENCIÓN!!!

 
Periodo habilitado del 5 al 12 de Agosto de 2026 (excluyente)

¿Quiénes deben realizar el cursado paralelo / cambio de carrera?

Los/las alumnos/as que:

-Posean una carrera principal y quieran hacer otra/s en paralelo.
-Quieren cambiar de carrera
- y cuenten con legajo completo.

¿Quiénes no pueden realizar el cursado paralelo?

Los/las alumnos/as que:

-Ingresaron a la Universidad a través de la Ley de Educación Superior 24.521 - Articulo séptimo

ARTICULO 28º: Cualquier persona podrá inscribirse durante el/los período/s de ingreso fijado/s por el Consejo Superior en más de una carrera de las que ofrece la Universidad para ello completará el formulario correspondiente habilitado a tal fin.
ARTÍCULO 29º: La inscripción paralela será autorizada si están dadas las condiciones académicas y/o administrativas que la hacen posible.(Ordenanza Nº 188/15 CS-UNPA)

Mas info: Reglamento de alumnos Art. 28 y 29 (Inscripción Paralela)
 
Para realizar el trámite debe ingresar a: Formulario Cursado Paralelo / Cambio de Carrera
 
 
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